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Todo lo que debes saber sobre tu piscina comunitaria

Todo lo que debes saber sobre tu piscina comunitaria

24.06.2021 |  Blog TM  | LifeStyle 

Tiempo de lectura: 2 minutos

 

Las piscinas comunitarias ya sea en bloques de viviendas o unifamiliares son un valor añadido de cualquier residencial. Y ahora que llega el verano una buena ayuda para paliar las altas temperaturas. Pero, también es cierto que su uso o normas muchas veces generan dudas entre los propietarios. Si es tu caso, no te preocupes, en este post encontrarás algunas respuestas a las preguntas más comunes.

 

¿Es obligatorio tener socorrista en una piscina comunitaria?

La obligatoriedad de tener socorrista en una piscina comunitaria depende de la normativa autonómica. Por ejemplo, en la Comunidad Valenciana será obligatorio para piscinas de más de 200 m2, al igual que en Andalucía. En el caso de Murcia será obligatorio para piscinas de más de 250 m2.

El número de socorristas necesarios dependerá del número de piscinas que tenga el residencial así como la distancia que exista entre ellas.

 

¿Es necesario un reglamento interno?

Las piscinas comunitarias se rigen por un marco normativo autonómico o municipal, además, pueden tener un reglamento interno. Este, aunque no obligatorio, sí es recomendable para garantizar un buen uso de las instalaciones.

Dicho reglamento deberá ser aprobado por los propietarios y regula aspectos como:

  • Horario de apertura y cierre.
  • Normas de funcionamiento.
  • Aforo, teniendo en cuenta invitados.
  • Normas de vestuario.

Todo ello deberá estar colocado en un lugar visible en la entrada del recinto.

 

¿Se puede vetar el acceso a propietarios?

Como con todas las zonas comunes, las piscinas comunitarias también son generadoras de conflictos. Una cuestión recurrente sobre su uso es la de prohibir la entrada a un vecino.

En este caso se muestras dos escenarios:

Por un lado, está la situación de los vecinos alquilados, ¿pueden disfrutarla? La respuesta es sí, de la misma forma que el propietario, en este caso, perdería el derecho de uso en favor del mismo.

Por otro lado, estaría la situación de los vecinos morosos, en este caso existe mayor debate. La Dirección General de los Registros y del Notariado considera que, siempre con el acuerdo previo de la comunidad, sería factible. Aunque ni la Ley de Propiedad Horizontal ni algunas sentencias sobre ello apoyan la prohibición.

 

Piscinas comunitarias y Covid, ¿qué hacer?

Tras un año de pandemia el uso de las piscinas sigue siendo una incógnita. Lo cierto es que al igual que otras muchas cuestiones sobre este tema, el uso de las instalaciones dependerá de la decisión de los propietarios.

Será la Junta de vecinos la que aprobará o no la apertura, y también será dicha junta la que decida qué medidas de seguridad y de salud que se deban seguir para garantizar la una buena actuación frente al Covid19. Limitar el aforo, respetar la distancia de seguridad, el uso de mascarilla o la toma de temperatura, son algunos de los aspectos a tener en cuenta a la hora de implantar dichas normas.

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